lunes, 8 de marzo de 2010

ROL DEL RESPONSABLE DE CONTRATO DE APRENDIZAJE EN LOS CENTROS DE FORMACIÓN

A partir de la fecha y teniendo en cuenta que para la vigencia, los contratos de aprendizaje vigentes hacen parte de las metas de los Subdirectores de Centro de Formación y por ende será tenidas en cuenta como indicador dentro del cuadro de mando de los Centros, a continuación se reiteran las funciones que debe realizar cada uno de los responsables de contrato de aprendizaje en los Centros, para lograr cumplir satisfactoriamente dicha meta:

1- Dar a conocer a los aprendices el funcionamiento del Sistema Gestión Virtual de Aprendices - SGVA como única herramienta que facilita la solicitud y selección de los aprendices en forma oportuna y adecuada.

2- Coordinar la participación de las empresas en las jornadas de capacitación que tenga prevista la Regional e insistir ante el empresario que quien reciba la capacitación sea el responsable de la gestión de los contratos, utilizando directamente el aplicativo SGVA para este propósito.

3- Garantizar el espacio para realizar la inducción y capacitación sobre el funcionamiento del Aplicativo de Gestión Virtual de Aprendices – SGVA, la normatividad del Contrato de Aprendizaje y garantizar el acompañamiento en el registro de los aprendices durante el proceso de inducción.

4- El líder de Contrato de Aprendizaje en el Centro de Formación es la única persona autorizada en cada uno de los Centros para dar asesorías y resolver inquietudes a los aprendices acerca de la normatividad del contrato de aprendizaje.

5- Verificar que el aprendiz haya actualizado su información en el aplicativo SGVA.

6- Es responsabilidad del líder de Contrato de Aprendizaje en el Centro de formación deshabilitar aquellos aprendices a quienes se les compruebe que fueron citados a una empresa para entrevista y que no asistan sin justificación o que manifiesten al empresario al momento de contactarlo tener contrato e aprendizaje sin haberlo firmado